
SANTO DOMINGO, RD.- La Suprema Corte de Justicia confirmó el descargo del empresario, Alexis Victoria Yeb, a favor de quien se había emitido ya un “no ha lugar” por falta de pruebas que lo vincularan con actividades ligadas al lavado de activos.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos contra la sentencia número 502 -01 -2019, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el 2 de mayo del 2019, la cual confirma en todas sus partes el auto de “no ha lugar” que favorece al empresario Vitoria, emitido por el juez José Alejandro Vargas, que fungió como magistrado suplente del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.
La SCJ estableció que el tribunal de alzada hizo una valoración correcta de las pruebas y que actuó apegado al derecho y al principio de legalidad, al recordar que se trata de un “auto de no ha lugar” emitido por un juzgado de la Instrucción sobre el cual ha sido criterio de esa Segunda Sala y reiterada por el Tribunal Constitucional, que el Juzgado de la Instrucción debe hacer una valoración armónica y conjunta de todos y cada uno de los elementos que componen la acusación.
“Por lo que del análisis de todo y cada uno de los medios de pruebas aportados y que han sido declarados admisibles, no existe uno solo que permita deducir al tribunal que las actuaciones realizadas por el ciudadano Alexis Victoria Yeb sean ilegales”, establece la disposición de la SCJ.
La información fue dada a conocer este lunes por Victoria Yeb a través de un comunicado, en el que adujo fue víctima de una tenaz persecución por parte de un sector político que entendían que para enfrentarlo electoralmente había que fabricarle un expediente y para esa perversa trama, utilizaron a un Ministerio Público que se ensañó contra él, sin una sola prueba que lo vincularan con actividades ilícitas.
Ntelemicro
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