La Cámara de Diputados de Argentina dio media sanción al proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) tras 20 horas de debate, con 131 votos a favor, 117 en contra y 6 abstenciones. Se espera que el Senado trate el proyecto de ley antes de fin de año.
Argentina ya había conseguido la aprobación de la Cámara de Diputados en 2018, cuando el proyecto obtuvo una mayoría muy ajustada. Sin embargo, en el Senado 38 representantes votaron en contra y 31 a favor.
El proyecto de legalización del aborto en Argentina busca garantizar a las personas gestantes poder ejercer plenamente sus derechos reproductivos y sexuales.
Según un informe de Amnistía Internacional, guiado por un trabajo realizado en 2005, cada año en Argentina se realizan aproximadamente 450.000 abortos clandestinos, aunque la cifra podría ser mayor dado que la práctica no es controlada por las autoridades sanitarias.
Durante 2018 en Argentina murieron 257 mujeres embarazadas, 35 de ellas (13.6%) por un embarazo que terminó en aborto, según datos del Ministerio de Salud.
Las autoridades sanitarias explican que las muertes por abortos están vinculadas a las condiciones inseguras donde se realiza la intervención. En 2016 más de 39.000 mujeres ingresaron en hospitales por complicaciones de salud relacionadas con abortos, se estima que el 16% tenía entre 10 y 19 años.
Puntos importantes del proyecto
Estos son los principales puntos del proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Argentina:
- Mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a interrumpir su embarazo, acceder a la realización de la práctica del aborto, y a la atención post aborto en los servicios del sistema de salud.
- El aborto se permitirá hasta la semana 14 inclusive, del proceso gestacional. Tras ese plazo solo se podrá acceder en caso de que corra peligro la vida o salud de la persona gestante o el embarazo sea producto de una violación.
- Mujeres y personas gestantes tienen derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud en un plazo máximo de 10 días tras ser requerido.
- Menores de 13 años deben contar con el consentimiento informado y la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representantes legales. Entre los 13 y 16 años se requiere un acompañante o «referente afectivo».
- Antes de practicar el aborto la persona gestante debe expresar su consentimiento por escrito.
- El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. Deberá mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión, y derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro profesional en forma oportuna, sin dilaciones.
- Centros de salud privados o de la seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar un aborto a causa de la objeción de conciencia deberán prever y disponer la derivación a un lugar, de similares características, donde se realice efectivamente la prestación.
- El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable. Tampoco se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto.
- Obras sociales y prepagas deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo. Estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el PMO con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.
- El Estado tiene la responsabilidad de implementar la Ley número 26 150 de Educación Sexual Integral, estableciendo políticas activas para la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de toda la población.
El artículo 85 del Código Penal quedaría redactado de la siguiente manera:
«ARTÍCULO 85. – El o la que causare un aborto será reprimido: 1º) Con prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años, si obrare sin consentimiento de la persona gestante. Esta pena podrá elevarse hasta QUINCE (15) años si el hecho fuere seguido de la muerte de la persona gestante. 2º) Con prisión de TRES (3) meses a UN (1) año, si obrare con consentimiento de la persona gestante, luego de la semana CATORCE (14) de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86«.
El artículo 86 quedaría redactado de la siguiente manera:
«No es delito el aborto realizado con consentimiento de la persona gestante hasta la semana CATORCE (14) inclusive del proceso gestacional«.
Miles de activistas agitan sus icónicos pañuelos verdes y se manifiestan a favor de la despenalización del aborto, en 2019 | Foto: Nahuel Ignacio.
El aborto en América Latina
Aquí repasamos la situación de algunos países de América Latina con relación al aborto:
Brasil
En Brasil la ley determina que el aborto puede practicarse bajo tres condiciones: que corra riesgo la vida de la persona gestante, el embarazo sea producto de violencia sexual y exista riesgo de fetos anencéfalos.
Se ha denunciado que muchos profesionales e instituciones de salud desconocen la ley y en muchos casos solicitan autorizaciones que en estos casos no son necesarias para practicar los abortos.
Bolivia
En Bolivia el aborto es legal en casos de violación y riesgo de vida de la persona gestante desde los años 70. Sin embargo, se advierte que en las zonas rurales es difícil llegar a que los centros de salud que realicen este procedimiento.
También se denunciaron dificultades y obstaculizaciones para realizar abortos en casos de violación de niñas.
Chile
En Chile el aborto se definió como delito en 1874, se aplicaron excepciones con fines terapéuticos en 1931 y se volvió a penalizar durante la dictadura en 1989.
En 2017 se permitió para casos en los que corre riesgo la vida de la persona gestante, existe violencia sexual o inviabilidad fetal.
Cabe destacar que en este país casi la mitad de los profesionales de la salud de la red pública declararon objeción de conciencia para no realizar esta práctica. También se registra una falta de capacitación del personal de salud.
Colombia
En Colombia se tiene derecho al aborto desde 2006 solo bajo tres causales: riesgo de la salud o vida de la persona gestante, embarazo provocado por violencia sexual o inviabilidad fetal.
La dificultad para ejercer este derecho se da, principalmente, por desinformación y obstáculos institucionales. En muchos casos, la demora para realizar el aborto legalmente lleva a que las personas gestantes interrumpan embarazos avanzados.
Cuba
En Cuba desde 1965 el aborto dentro del primer trimestre de gestación se estableció como un derecho legal y asistido dentro de los servicios médicos gratuitos. Esto lo convierte en el primer país de la región en despenalizarlo completamente.
La legislación cubana lo penaliza cuando se lleva a cabo por lucro, sin consentimiento de la mujer o en condiciones que puedan amenazar la salud o vida de esta. En caso de que la gestación supere los tres meses, el consentimiento debe ser otorgado solo por los servicios médicos apropiados.
Se estima que en Cuba se practicaron más de 85 000 abortos legales, gratuitos y seguros durante 2018.
El Salvador, Honduras y Nicaragua
En estos países el aborto es ilegal. El Salvador es uno de los países con leyes antiaborto más estrictas, ya que es ilegal bajo cualquier circunstancia. A quienes se considera culpables pueden enfrentar entre dos y ocho años de cárcel.
Incluso a las mujeres que sufren complicaciones durante el embarazo y padecen abortos espontáneos se las consideran sospechosas de haberse practicado un aborto.
En Honduras el parlamento había aprobado la despenalización del aborto por razones terapéuticas, aunque en 1997 los artículos que los respaldaban fueron derogados.
Se estima que cada año alrededor de 9 000 mujeres son ingresadas en hospitales por complicaciones durante abortos clandestinos.
En Nicaragua se permitía que mujeres y niñas cuya vida o salud peligraba con el embarazo o había sufrido una violación pudieran acceder a un aborto. Sin embargo, en 2008 se derogaron estas excepciones y desde entonces el aborto se penaliza independientemente de las circunstancias en que se realice.
Guatemala
En Guatemala el aborto se considera ilegal excepto cuando el embarazo pone en peligro la vida de la persona embarazada.
El Código Penal expresa: «No es punible el aborto practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer, previo un diagnóstico favorable de por lo menos otro médico, si se realizó sin la intención de procurar directamente la muerte del producto de la concepción y con el solo fin de evitar un peligro, debidamente establecido, para la vida de la madre, después de agotados todos los medios científicos y técnicos«.
México
En Ciudad de México la interrupción voluntaria del embarazo es legal desde 2007, y en Oaxaca desde 2019. Esto abre posibilidades para personas gestantes que están geográficamente cerca puedan acceder a esta práctica.
Entre 2007 y 2018 se atendieron a casi 205 000 mujeres en servicios de Interrupción Legal del Embarazo de la Secretaría de Salud, de las cuales 143 000 son de la Ciudad de México y casi 62 000 provienen de otras regiones o países.
Los 32 estados mexicano cuentan con diferentes causales que legalizan el aborto, siendo la violencia sexual la única en consenso entre todos.
Panamá
La ley panameña solo permite el aborto en casos de violación, malformación fetal y riesgo a la vida de la mujer.
La pena por someterse a un aborto ilegal es de uno a tres años de prisión, mientras que para el médico u otra persona que realiza el procedimiento es de tres a seis años. Además, si se realiza sin el consentimiento de la persona gestante la pena es de cinco a diez años.
Paraguay
En Paraguay el aborto es ilegal, excepto que la vida de la persona gestante corra riesgo. Las personas que realizan abortos pueden ser condenadas de 15 a 30 meses de prisión y si se realiza sin consentimiento de la persona gestante de dos a cinco años.
En caso de que la persona gestante muera, quien realizó el aborto puede ser condenado de cuatro a seis años de prisión, o de cinco a diez años si se realizó sin consentimiento de la persona gestante.
Paraguay tiene una de las tasas de muertes en mujeres a causa de abortos ilegales más altas de la región: 23 de cada 100. Además, el Ministerio de Salud estima que se realizan casi 20 000 abortos anuales por método residual y alrededor de 32 000 por complicaciones.
Perú
En Perú solo se puede practicar un aborto en caso de que la vida o salud de la persona gestante corra peligro. Quien consiente un aborto puede ser condenado hasta a dos años de prisión.
Uruguay
En Uruguay el aborto no está penalizado si se cumple dentro de las primeras 12 semanas de gestación. Este plazo se extiende a 14 si el embarazo es producto de una violación.
La persona gestante debe cumplir con el procedimiento establecido por la Ley aprobada en 2012.
Venezuela
En Venezuela, el Código Penal restringe el aborto prácticamente en todos los casos, excepto cuando la salud o vida de la persona gestante corre riesgo.
Otro aspecto que cabe destacar es que el acceso a métodos anticonceptivos es escaso, e incluso nulo en muchas ciudades.
¿Qué es el aborto?
El aborto es la interrupción del embarazo, que puede producirse de forma espontánea, es decir, cuando se detiene naturalmente el desarrollo del embrión o el feto, o de forma inducida, cuando es provocada por diversos procedimientos, como el uso de medicamentos como el misoprostol (que provoca contracciones del útero), aspiración manual endouterina, o legrado.
La información adecuada, contención y seguimiento son fundamentales al momento de interrumpir un embarazo. Está demostrado que restringir esta práctica no solo no disminuye la cantidad de abortos, sino que genera graves consecuencias para la salud de las personas gestantes.
- Aborto en México: entre la legalidad y la condena
Al ser clandestino, el aborto suele ocurrir en condiciones inseguras, y si hay complicaciones no pueden atenderse correctamente o a tiempo. Entre las consecuencias a corto y largo plazo, se encuentran hemorragias intensas, infecciones y daño del tracto genital y de los órganos internos.
Esa clandestinidad acentúa los riesgos para quienes provienen de sectores de bajos recursos o viven en zonas rurales, ya que recurren a abortos autoinducidos con métodos peligrosos o piden asistencia a proveedores poco o nada capacitados.
Según informa la Organización Mundial de la Salud (OMS), entre 2010 y 2014, 3 de cada 4 abortos realizados en África y América Latina se practicaron en condiciones inseguras. Además, estima que a nivel global entre 4,7 y 13,2 % de las muertes maternas que se producen cada año pueden ser atribuidas a abortos inseguros.
Muchas de esas muertes podrían prevenirse a través de implementar educación sexual integral, garantizar el acceso a métodos anticonceptivos eficaces, y realizar prácticas de abortos legales y seguros junto a la correcta atención postaborto.
Fuentes consultadas: Biblioteca Nacional de Medicina de EE. UU., Fundación Huésped, Human Rights Watch, Organización Mundial de la Salud, Organización Panamericana de la Salud.
Fuente: HolaDoctor
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